LA SEGURIDAD ¿UN DERECHO CIUDADANO O UN DERECHO HUMANO?

La Seguridad es un concepto dinámico, es decir que se encuentra en constante reconstrucción, tiene además la particularidad de constituir un constructo teórico y una categoría política con capacidad de generar escenarios dicotomizados.

Diferentes disciplinas sociales comparten la seguridad como objeto de estudio, algunas veces en diálogo entre sí, otras en franco aislamiento y en determinadas circunstancias, en pugna por significar, nombrar y/o monopolizar su comprensión. En el ámbito político, la seguridad representa un eje que atraviesa y configura concepciones, definiendo posiciones que, a diferencia de las que surgen en el ámbito académico, tienen el poder de institucionalizar, a través de leyes, programas y líneas de acción, sentidos que contribuyen a la definición de “modelos de sociedad”.

Si lo analizamos desde el plano internacional podemos encontrar que en el ámbito Universal de Naciones Unidas, desde su fundación en 1945, se debate cuál es el sentido de la seguridad, cuáles son sus elementos constitutivos y cuál el sujeto que debe proteger. De estos debates, a su vez, participan referentes académicos e investigadores provenientes, sobre todo, de la disciplina de las Relaciones Internacionales.

En ese marco, el debate fue complejizado y se pasó de un paradigma de comprensión de la seguridad focalizado en el Estado-Nación –como lo fue el modelo de seguridad marcado por el conflicto de la Guerra Fría- a la búsqueda de un sentido de la seguridad que haga énfasis en el ser humano y sus necesidades. Esto, en congruencia con programas de investigación que pasaron de una visión restringida a una visión expansionista del concepto de seguridad.

Entre estos dos posicionamientos, podemos encontrar muchos matices, por ejemplo enfoques que postulan que el sujeto de la seguridad es el Estado y también el ciudadano, otros que refieren al surgimiento de las nuevas amenazas, que denotan el foco ubicado en los Estados pero que, indirectamente sin lugar a dudas, repercuten en la seguridad de los habitantes de ese Estado y otros que hablan acerca de la protección de determinados grupos y comunidades que comparten valores más allá de los intereses del Estado. Es así que encontramos acepciones de la seguridad tales como, seguridad humana; seguridad hemisférica; seguridad pública; seguridad cooperativa; seguridad multidimensional, seguridad  societal,  entre otras.

En este contexto, de múltiples sentidos de la seguridad, y con el retorno de la democracia  en Latinoamérica, la discusión acerca de la seguridad se enunció como Seguridad  ciudadana o Seguridad democrática.

Aunque esas discusiones no lo expliciten responden necesariamente a posicionamientos que son epistemológicos, pero sobre todo dan cuenta de posiciones filosóficas-políticas que abordan la relación entre individuo y sociedad delimitando, a través de sus definiciones, inclusiones y exclusiones.

Sin dudas podemos afirmar que la seguridad es un derecho humano y una responsabilidad indelegable del Estado, que se relaciona con el respeto y la protección de múltiples derechos, como la vida, la libertad, la integridad, el patrimonio, entre otros; en nuestro Estado democrático de derecho, constituye un elemento indefectible, que permite establecer límites al ejercicio del Poder y aplicar el derecho, para procurar una convivencia armónica. Las personas, de manera individual, tienen derechos humanos, pero también de forma colectiva; por tal motivo, en importantes instrumentos normativos internacionales y nacionales, se ha procurado reconocer y salvaguardar esos derechos, así como consolidar los sistemas o los mecanismos para garantizarlos, como en el caso de la seguridad pública.

Entonces, podríamos dar por sentado que  el derecho a la seguridad personal es un derecho humano esencial, tan digno de respeto como los demás derechos humanos, al lado, por ejemplo, del derecho a la vida y a la libertad. Es que las instituciones jurídicas y políticas tienen como fin principal la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente, y alcanzar la felicidad. El cumplimiento del deber de cada uno es exigencia del derecho de todos. Nuestros derechos están limitados por los de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático. La libertad, la justicia y la paz tienen por base el reconocimiento de la dignidad y de los derechos iguales de los miembros de la familia humana.

Finalmente, habiendo resuelto la encrucijada que demanda el título del presente artículo, resta  considerar  que la seguridad ciudadana ha sido definida poniendo de relieve distintas dimensiones y niveles, en especial su intangibilidad y su carácter subjetivo.  Arriagada & Godoy (2000) sostienen que la seguridad (más específicamente la Seguridad Ciudadana) contiene implícita en su dinamismo una falsa dicotomía: prevenir o reprimir, agregando que la Seguridad Ciudadana “de manera amplia, se define como la preocupación por la calidad de vida y la dignidad humana en términos de libertad, acceso al mercado y oportunidades sociales. La pobreza y la falta de oportunidades, el desempleo, el hambre, el deterioro ambiental, la represión política, la violencia, la criminalidad y la drogadicción pueden constituir amenazas a la seguridad ciudadana. Desde otra perspectiva, se plantea que la seguridad ciudadana significa principalmente no temer una agresión violenta, saber respetada la integridad física y, sobre todo, poder disfrutar de la privacidad del hogar sin miedo a ser asaltado y circular tranquilamente por las calles sin temer un robo o una agresión”

Bibliografía:

  • Arriagada, I. & Godoy, L. (Abril 2000).  Prevenir o reprimir, el falso dilema de la Seguridad Ciudadana. Revista de la CEPAL 70. Vol.70, p. 108
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