Por el Lic. Adrián Ortigoza
A qué nos referimos con “Seguridad”? Qué significa para un ciudadano de a pie este término, tan complejo para algunos y tan simplificado por otros. Es interesante sumergimos en una muy breve reflexión para poder preguntarnos, como partes de la sociedad, qué piensan nuestros pares y nuestros representantes en relación a esto.
En una sociedad democrática, a la “Seguridad” se la debería sentir, analizar, debatir, y diseñar, planificar, evaluar y organizarla presupuestariamente.
Es por ello que nos encontramos con la obligación de conceptualizar de manera clara los siguientes conceptos (de tal modo de organizar las ideas): seguridad pública, seguridad ciudadana y políticas públicas en seguridad.
Al referirnos a seguridad pública, debemos contextualizarla en un espacio donde los ciudadanos deberíamos sentirnos libres de riesgos y conflictos violentos, (y me refiero a los conflictos entre un individuo y otro), es decir donde podamos hacer libre ejercicio de los derechos y libertades que como personas somos a su vez sujetos indiscutidos de la seguridad pública y en donde el Estado con sus “normas” reguladoras, deja en claro qué es lo permitido y qué es lo prohibido en término de conductas en el marco social. En este sentido la “seguridad pública” necesita de la atención y la subordinación voluntaria de la “ciudadanía” a dichas normas. Esto genera muchos problemas habida cuenta de la diversidad de actores que en un escenario social se dan cita, por lo que el Estado debe –necesariamente- unificar criterios con diferentes con éstos (entre ellos actores sociales no gubernamentales que ayuden a controlar los riesgos y conflictos de caracteres violentos y delictivos que se puedan dar en sociedad).
Las definiciones actuales de la seguridad pública aluden a la conservación del orden. En términos de Rosas (2012), «el concepto de seguridad pública se refiere al mantenimiento de la paz, la ley y el orden públicos», que se puede entender también como la imposición del orden a través del Estado de derecho y de la represión, mediante las sanciones judiciales y de la acción policial
(Saint Pierre 2012)
Es decir, las “normas” es una palabra clave en seguridad pública, y si hay normas debe haber un control estatal para que éstas imperen por sobre la voluntad de los actores sociales, allí cobra importancia la figura policial (como autoridad de control) en la seguridad pública.
Hasta ahora hemos visto que la seguridad pública tiene implícita a las “normas”, las que deben ser cumplidas por los individuos, habitantes de un espacio social determinado, y que con el ánimo de controlar en imperio de la norma, la policía cobra un papel trascendente. Pasamos ahora al término “integralidad” clave para entender otro concepto: Seguridad Ciudadana. Este enfoque en seguridad implicará una concepción de la materia mucho más abarcativa, pues ya no es necesario solamente una norma y la sumisión de los ciudadanos, controlador por un policía. La seguridad ciudadana será entonces, un abordaje participativo, multiagencial y técnico. Ahora –desde este punto de vista- interesa la visión y la voz de todos aquellos que tengan algo para decir en materia de seguridad, desde su rol de ciudadano, de víctimas, de funcionarios, de empresarios, de comerciantes, etc. La seguridad ciudadana no solo es una disciplina abstracta sino que es un espacio donde se considera los aportes de los sujetos (físicos o jurídicos) y los posicionamientos de otras agencias estatales con la finalidad de superar situaciones socialmente problematizadas de inseguridad.
Según un informe de El Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA:
El Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA
La seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía y de otras organizaciones de bien público, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, la utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos y, en general, evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas, las comunidades y sus bienes.
Una vez que en el espacio de la seguridad ciudadana los distintos actores involucrados han hecho su aporte, el Estado como actor protagonista, debe tomar nota de ello y ejecutar una estrategia, de forma tal que solucione esa situación problemática. Para todo esto el Estado diseña políticas públicas en seguridad, y debemos entender este concepto como un conjunto de intervenciones de carácter público, que tienen como finalidad controlar los riesgos delictivos que lesionen los derechos y libertades de las personas y que virtud de ello ha generado un problema social que demandó la atención estatal. Entonces podemos decir, que las políticas públicas en seguridad no son más que una herramienta con la que cuenta el Estado (nacional, provincial o municipal), para hacer frente a esas demandas de la sociedad en pos de dar soluciones a ellas.
La política de seguridad se define comúnmente como el conjunto de las acciones gubernamentales destinadas a prevenir, investigar y castigar los delitos en determinada jurisdicción (Constantino, 2014)
Constantino, 2014
Para concluir, podemos sostener que la “Seguridad Pública” centra su atención en las normas, mientras que la “Seguridad ciudadana” mediante esa multiagencialidad participativa de actores (que no siempre es gubernamental), para así poder hacer frente a los problemas sociales utilizando como modalidad a las políticas Publicas.
Bibliografía
- Costantino, G. (2014). Las políticas de seguridad en Argentina: los límites de la autonomía policial. Aposta. Revista de Ciencias Sociales, núm. 63, octubre-diciembre, 2014, pp. 1-26 Luis Gómez Encinas ed. Móstoles, España
- ODSA, Seguridad Ciudadana en la Argentina urbana (2010-2016). Informe de Avance. Consultado el 19/02/2022 del link http://wadmin.uca.edu.ar/public/ckeditor/2017-Observatorio-Informe-Avance-Inseguridad.pdf
- Rosas, M. (2012). ¿Cómo será (o debería ser) la agenda de seguridad del nuevo gobierno en México? En Atlas comparativo de la defensa en América Latina y el Caribe, coordinado por Marcela Donado. Buenos Aires: RESDAL.
- Saint Pierre, H. (2012). Fundamentos para pensar la distinción entre defensa y seguridad. En Atlas comparativo de la defensa en América Latina y el Caribe, coordinado por Marcela Donado, 42-43. Buenos Aires: RESDAL.